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20 Febrero 2010
¿Qué es un Juez Municipal?
Es quien se encarga de conocer, calificar e imponer las sanciones admnistrativas a quienes infrinjan los ordenamientos municipales, que no sean constituvas de delito.
Atribuciones del Juez Municipal, establecidas en el reglamento orgánico y de procedimientos del Juzgado Municipal de Unión de Tula, Jalisco
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I.- Dirimir las controversias que se susciten entre la Autoridad Municipal y los particulares como una instancia local del Ayuntamiento, sin perjuicio de que los particulares puedan interponer optativa mente el Juicio de nulidad ante el Tribunal Administrativo del Estado de Jalisco, y siempre y cuando tales controversias no sean competencia de otra autoridad por ser facultades exclusivas de estas, claramente establecidas en Leyes de aplicación Municipal.
II. Conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas municipales que procedan por faltas o infracciones a los ordenamientos municipales, excepto las de carácter fiscal;
III.- Conocer de las conductas que presuntamente constituyen faltas o infracciones a las disposiciones normativas municipales e imponer las sanciones correspondientes mediante un procedimiento breve y simple que califica la infracción, mismo que está dispuesto en el Bando de Policía y Buen Gobierno del Ayuntamiento.
IV.- Conciliar a los vecinos de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los órganos judiciales o de otras autoridades.
V.- Poner a disposición de la autoridad competente aquellos asuntos que no sean de su competencia con apego a lo dispuesto por el Artículo 16 Constitucional.
VI.- Expedir constancias únicamente sobre hechos asentados en los libros de registro del Juzgado, cuando lo solicite quien tenga interés legítimo.
VII.- Proveer las diligencias necesarias encaminadas a la aplicación correcta de la Justicia Municipal, en los asuntos previstos por los Ordenamientos de Aplicación Municipal.
VIII.- Ejercer funciones conciliatorias cuando los interesados lo soliciten, referentes a la reparación de daños y perjuicios ocasionados, o bien, dejar a salvo los derechos del ofendido.
IX.- Recibir e investigar, en forma expedita, las quejas, reclamaciones y proposiciones que por escrito u oralmente presenten los afectados por los Actos de Autoridad, solicitando Informes a la Autoridad responsable de dicho acto. Como resultado de dicha investigación, proponer a la Autoridad respectiva vías de solución a las cuestiones planteadas, las que no tendrán imperativo, formulando recomendación fundada a la Autoridad o Servidor Público, o corriendo traslado a la Autoridad correspondiente para que inicie los procedimientos administrativos a que haya lugar.
X.- Intervenir en materia de conflictos vecinales o familiares, con el fin de avenir a las partes.
XI.- Conocer y resolver acerca de las controversias de los particulares entre sí y terceros afectados, derivadas de los actos y resoluciones de las autoridades municipales, así como de las controversias que surjan de la aplicación de los ordenamientos municipales.
XII.- Elaborar un riguroso inventario de todos los bienes que se tengan con motivo de las infracciones, y poner a disposición de quien corresponda tales bienes.
XIII.- Dirigir administrativamente las labores del Juzgado para lo cual el personal del mismo estará bajo su mando, y
XIV.- Llevar un libro de actuaciones y dar cuenta al Ayuntamiento del desempeño de sus funciones.
XV.- Remitir al Encargado de la Hacienda Municipal todas las actas de infracción que contengan las sanciones que se hayan aplicado en el día por infracciones a los Reglamentos municipales, para su conocimiento y para efectos de que se haga el cobro respectivo en caso de no ser pagadas.
XVI. Expedir constancias de no antecedentes de detenciones administrativas.
XVII. Reducir proporcionalmente la multa al infractor previo análisis del caso en lo particular y tomando en cuenta las horas que lleva arrestado en los separos de la Dirección Municipal de Seguridad Pública.
XVIII. Las demás atribuciones que le atribuyan los ordenamientos municipales aplicables.
¿En donde lo puedes localizar?
Lo encuentras en la Presidencia Municipal, (Planta Baja) ubicada en la Calle Juárez número 56 Poniente, colonia centro.
De igual forma puedes contactarlo mediante linea telefonica, en el sigiente numero: (316) 37 1 00 11, 37 1 06 70, Ext. 112.



